Según se estipuló en la ley que sancionó la Legislatura a comienzos de diciembre de 2024, que declaró la necesidad de la Reforma Constitucional de Santa Fe, la Convención va a ser en la ciudad de Santa Fe, aunque aún no hay lugar físico ni fecha definida.
Lo que sí está definido son las materias que se pondrán a consideración para ser reformadas. Entre otros puntos, se proponen incorporaciones relacionadas con el ambiente, ya que el texto de 1962, esta palabra no aparecía ni una vez.
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En el texto que establece las modificaciones "se habilita la discusión para incorporar una regulación que consagre el derecho a un ambiente sano y sustentable, y contenga principios en materia de protección del ambiente y los recursos naturales, ordenamiento ambiental, desarrollo sostenible —contemplando la sostenibilidad económica, social y ambiental de las actividades que se desarrollen en el territorio de la Provincia— y el cambio climático", expresa.
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Se proponen incorporaciones relacionadas con el ambiente, ya que el texto de 1962, esta palabra no aparecía ni una vez.
En este sentido, organizaciones ambientales y especialistas en la materia buscarán hacer sus aportes a este debate y en un encuentro en Rosario dejarán plasmadas algunas propuestas socioambientales para la nueva Constitución Provincial de Santa Fe. En la oportunidad se presentará el “Pacto Ecosocial en Argentina” y participarán algunos convencionales constituyentes electos.
Los puntos que debe contener a nueva Constitución de Santa Fe en materia de ambiente
La nueva Constitución de Santa Fe deberá incluir —al menos— lo contemplado en la Constitución nacional reformada en 1994, es decir, 30 años atrás. Pero podrá ser también pionera en algunas cuestiones de cara al futuro.
Valeria Berros, Doctora en Derecho, profesora de la UNL e investigadora del Conicet, y Damián Verzeñassi, médico especialista en medicina integral y director del Instituto de Salud Socioambiental Facultad de Ciencias Médicas de la UNR hablaron con AIRE e indicaron que "la Constitución de Santa Fe, por la época en que fue sancionada (1962), no cuenta con un reconocimiento de derechos como los de la Constitución Nacional reformada en 1994".
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Valeria Berros y Damián Verzeñassi hablaron con AIRE e hicieron aportes fundamentales para la reforma.
En este sentido, recuerdan que la Constitución Nacional establece en su artículo 41 el derecho a un ambiente sano y que "esto debería estar en la Constitución provincial porque le daría otra fuerza al derecho a vivir en territorios saludables".
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"Por eso —añadió Berros— se requiere de una actualización de su contenido tanto en términos de derechos como de diseños institucionales acordes a la actualidad y al enorme desafío que plantea la problemática ambiental".
Por su parte, Verzeñassi aclara que "hoy es necesario discutir la visión a través de la que se construye el nuevo andamiaje institucional y político de la provincia en un contexto de crisis ambiental donde los eventos extremos y la crisis climática ya son un problema".
Los derechos de la naturaleza
Los especialistas coincidieron en la necesidad de que la nueva Constitución de la provincia incorpore "el derecho humano a un ambiente sano" y discutir por ejemplo que el derecho a la salud no sea solamente el acceso a la atención en un hospital, sino también a vivir dignamente, sin que su vida se vea perjudicada por la contaminación en los territorios". También plantean que sería necesario incorporar, "además del derecho a la ciudad, el derecho a la ruralidad y a vivir en territorios rurales saludables"
Berro consideró fundamental poder dar curso a las ampliaciones de derechos a la naturaleza y los ecosistemas que forman parte de las nuevas regulaciones e interpretaciones del derecho ambiental contemporáneo".
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Encuentro de organizaciones, expertos y movimientos sociales sobre Reforma Constitucional.
En este sentido, Verzeñassi añadió que "entender que el territorio tiene que ser sujeto de derecho, suena alocado, pero curiosamente no suena extraño que las corporaciones o las sociedades anónimas que ni siquiera son tangibles puedan tener garantizados derechos constitucionales"
"¿Qué es lo que está mal entonces? —se pregunta— ¿que tenga derechos un río sin el cual no podríamos existir, un monte sin el que no tendríamos capacidad de subsistencia?". A su criterio, es necesario tener una mirada ecocéntrica y que se preserve la habitabilidad para las próximas generaciones.
La participación de la ciudadanía en la Reforma constitucional
La investigadora del Conicet planteó la necesidad de que "un conjunto de instituciones permitan la participación de la ciudadanía en la toma de decisiones en materia ambiental y que representen a los ecosistemas en peligro", como también de sintonizar con el reconocimiento de derechos de los pueblos indígenas que forman parte de la Constitución Nacional (art. 75 inc 17) y sobre lo cual no hay referencia en la constitución santafesina actual.
El director del Instituto de Salud Socioambiental añadió que "por los tiempos que vivimos es necesario avanzar en un proceso constituyente ecosocial. Nos tenemos que movilizar y debatir para incorporar esta mirada ecosocial. Porque estamos a tiempo de recuperar habitabilidad y que se garantice para los tiempos que viene".
"De nuestra parte —concluyó—estamos dispuestos a acompañar con estas miradas a quienes fueron electos convencionales reformadores".