La resolución se dio a partir de que la abogada Carolina Walker, que oficia como querellante en la causa, recusó al camarista santafesino por considerar que no brinda las garantías de ecuanimidad en esta causa y que su vez carece de perspectiva de género para temas de delitos sexuales. Tal planteo se dio luego de ampararse en cinco fallos en los que tuvo intervención Creus.
El camarista, en consecuencia, analizó el pedido de la letrada y se lo rechazó. “Entiendo que se trata de una consideración subjetiva que aparece arbitrariamente en un momento, en una causa determinada y no en la ponderación de razones objetivas racionalmente consideradas”, consideró.
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“La afirmación de que carezco o puede que carezca de perspectiva de género, analizando seis fallos, desconoce que, desde el año 2001 he dictado miles de sentencias y muchas de ellas involucraban delitos vinculados a violencia de género, sea teniendo a la mujer como víctima o sea teniendo a la mujer como imputada, como resultado de un estereotipo contrario a las Convenciones Internacionales”, acotó en otro tramo Creus.
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Maiquel Torcatt / Aire Digital
Y concluyó que todos los casos citados por Walker fueron decisiones jurisdiccionales que encuentran su andamiaje en la ley. “De ningún modo, implican algún atisbo de que, en el futuro, mi criterio esté de alguna manera condicionado o sospechado de parcialidad y, en todo caso, el haber procedido a tomar decisiones con apoyo legal no puede constituir indicios de la parcialidad alegada”, sentenció el juez.
Cómo seguirá el caso judicial
Tras el rechazo de Creus, ahora un tribunal, conformado por los camaristas Jorge Andrés, Fabio Mudry y Alejandro Tizón, tendrán que resolver si aceptan la decisión de su par o tienen otro temperamento.
En caso de ser aceptada la postura de Creus, de seguir al frente del tribunal que analizará la absolución del caso Trigatti, se deberá fijar fecha y hora para la audiencia de apelación y citar a las partes.
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De lo contrario, la Oficina de Gestión tendrá que asignar un nuevo camarista para integrar el tribunal revisor del fallo de primera instancia.
Absuelto y a la espera de revisión
El caso, que adeuda ser revisado en la Cámara, tiene como protagonista al exdocente de educación física, Juan Trigatti, que fue imputado por cinco presuntos hechos de abusos ocurridos en sus clases que daba en el jardín Ceferino Namuncurá.
Por el caso, Trigatti fue imputado por el fiscal Matías Broggi y pasó ocho meses en prisión preventiva hasta que se realizó la audiencia preliminar al juicio en donde el juez Jorge Patrizi (hoy jubilado) ordenó su libertad.
Ya en el juicio, el docente se defendió con el abogado Marcos Barceló y tras un extenso debate que se realizó a puertas cerradas, los jueces del tribunal Pablo Busaniche, Cecilia Labanca y Martín Torres absolvieron al docente. Según los magistrados, el juicio develó que los relatos de las víctimas que acusaron a Trigatti estuvieron contaminados y a su vez que hubo inacción policial.
Mediante una resolución escrita, los magistrados entendieron que a partir de la primera denuncia -difundida masivamente desde el día previo a que salga a la luz el caso- se desató una “sugestión colectiva” que llevó a los padres a influenciar y contaminar el relato de las menores.