La acusación contra Cobre es sostenida por la fiscal de la Unidad de Violencia de Género, Familiar y Sexual, Luciana Escobar Cello, y las abogadas querellantes que representan a la denunciante, Jaquelina Bussi y Paula Condrac, quienes anticiparon un pedido de pena de 10 y 15 años de prisión, respectivamente.
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Según el cronograma de audiencias dado a conocer, el veredicto será informado el 4 de julio, a las 12.30.
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Y la defensa está conformada por los defensores particulares Ignacio Alfonso Garrone y Sebastián Oroño.
La causa: a juicio por abuso sexual
La acusación presentada por la fiscal sostiene que el 17 de diciembre de 2022, Iglesias abusó sexualmente de su pareja en la vivienda que compartían en Villa California, San José del Rincón. La joven se encontraba cuando Iglesias intentó bajarle el short del pijama, forcejearon, ella le dijo que no quería y comenzó a llorar. Sin embargo, el agresor logró concretar el abuso sexual. La acusación presentada por la Fiscalía y la querella destaca que la noche anterior habían discutido y se habían ido a dormir enojados el uno con el otro.
El hecho fue cometido en el marco de una relación de pareja de nueve meses, abusiva, desigual y violenta: “Usted la celaba y manipulaba, le controlaba el uso del celular, la comunicación con su familia y amigas, el modo en que vestía, las publicaciones en redes sociales, incluso cada gesto y mirada durante salidas sociales juntos y ejerciendo sobre ella violencia física, psicológica y sexual”, precisa la acusación Fiscal.
En la acusación se detallan también cuestiones vinculadas a los encuentros íntimos de la pareja, con la decisión plena del acusado, incluso cuando ella no quería mantener relaciones sexuales. Entre los fundamentos de la acusación fiscal se encuentra la denuncia que la mujer radicó en la comisaría de la mujer el 7 de mayo de 2023, acompañada por una trabajadora social. Al momento de denunciar, la joven explicó que logró terminar la relación al día siguiente del abuso perpetrado en diciembre, y que pudo contárselo a su psicóloga, que la atiende desde hace ocho años.
La denunciante explicó que a Iglesias volvió a verlo en enero, cuando fue a la casa a retirar sus cosas, y después no lo vio más, hasta que lo cruzó en una fiesta y entró en pánico: le faltaba el aire, comenzó a tener pesadillas y eso la llevó a radicar la denuncia.
Rincón Plaza
Cobre y la denunciante compartían una vivienda en Villa California, en San José del Rincón
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Durante la investigación declararon amigas y familiares de la denunciante, quienes acreditaron los episodios de violencia y cómo cambió la joven desde que se puso en pareja con Iglesias. También pudieron referir a cómo y cuándo les contó la agresión sexual padecida en diciembre. Entre los testigos se encuentran exparejas del acusado, que contaron su experiencia con el acusado, coincidente en varios puntos con lo relatado por la víctima en este caso.
Estas declaraciones fueron cuestionadas por los abogados defensores de Iglesias, por considerar que no tienen incidencia en el caso concreto que se investiga, y que no se puede “perfilar” a una persona acusada de cometer un delito (ver Planteos defensivos). Son tres las exparejas de Iglesias que declararon en la investigación: dos anteriores y una posterior a la denunciante, que cortó el vínculo con él cuando se conoció la denuncia.
Ella también lo denunció porque había padecido una situación similar; sin embargo, no instó la acción penal por lo que la causa no prosperó. Entre las exparejas se encuentra una mujer que también denunció a Iglesias por amenazas y extorsión de divulgar videos íntimos, y esa causa se cerró a través de una probation.
También declaró durante la investigación y fue citado como testigo el psicólogo que asistió a Iglesias, cuestión también criticada por los defensores (ver Planteos defensivos).
La Fiscalía acusó a Andrés Iglesias como autor de abuso sexual con acceso carnal y anticipó que pedirá 10 años de prisión. En tanto, las querellantes Bussi y Condrac realizaron la misma descripción del hecho ocurrido en diciembre de 2022 y de cómo fue la relación de pareja durante nueve meses. Sin embargo, la acusación de las querellantes agrega que el acusado le contagió a la víctima una enfermedad de transmisión sexual por negarse a usar preservativos, y que muchas veces planteaba escenas de contenido sexual delante del hijo menor de edad del imputado o de la empleada doméstica. Esta diferencia en la acusación con la Fiscalía también fue cuestionada por el defensor Alfonso Garrone. (ver Planteos defensivos).
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“La relación de pareja y el abuso sufrido causaron en la víctima daño psíquico, físico, emocional en su vida social, familiar y profesional, traducido en ataques de pánico, crisis de angustia y llanto, limitaciones en la vida cotidiana”, precisa el escrito. Entre la evidencia que intenta demostrar el daño de lo sucedido sobre la vida cotidiana de la mujer se encuentran una constancia que certifica la participación que la joven tuvo en un grupo de teatro independiente desde 2019 hasta enero de 2023, cuando se desvinculó por “motivos personales”. Las querellantes adelantaron que reclamarán 15 años de prisión para Iglesias por considerarlo autor del delito de abuso sexual con acceso carnal.
Planteos defensivos
A su turno, Alfonso Garrone solicitó la invalidez de la acusación de la querella, ya que cambió la plataforma fáctica: agregó la presunta transmisión de una enfermedad de transmisión sexual que no había sido imputado: la acusación y la imputación deben ser concordantes; en este caso, la querella acusó de manera diferente a lo que se había imputado. Para esto, primero se debe ampliar la imputación, que en el caso no se hizo, sostuvo la defensa. También cuestionó la declaración del psicólogo de Iglesias durante la investigación, así como su citación como testigo. Esta declaración ya no se había valorado en la audiencia de prisión preventiva ya que no consta que el imputado hubiera relevado del secreto profesional al psicólogo: "Debe ser rechazado como testigo; el artículo 178 es muy claro al respecto y establece la imposibilidad de prestar declaración en caso de que el imputado (titular del secreto) no lo autorice expresamente. Andrés Iglesias no ha dado autorización para revelarlo por lo tanto no puede admitirse este testigo para el juicio", remarcó Alfonso Garrone, y agregó que “la Fiscalía al psicólogo no le hizo saber que tenía dicha facultad prevista en el 178”.
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Alfonso Garrone, abogado defensor junto a Sebastián Oroño Maiquel Torcatt/ Aire Digital
Maiquel Torcatt/ Aire Digital
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Finalmente, sobre la convocatoria como testigo de las exparejas de Iglesias, la defensa sostiene que no deben admitirse por no ser pertinentes y causar perjuicio indebido o contaminación al tribunal de juicio: no tienen que ver con la imputación del caso de diciembre de 2022, y además "se intenta generar un perfil DE ABUSADOR SEXUAL", sostuvo el defensor, y no precisar si ocurrió o no el hecho denunciado. Para sostener este postulado, citó jurisprudencia nacional e intencional de impertinencia de estas declaraciones en diferentes causas por abuso sexual.