La sentencia fue dictada por la jueza Elena Dilario luego de que los fiscales Gustavo Onel y Federico Grimm, desistieron de seguir al frente de la acusación contra los imputados Rosa Julia Kau Choque (22) y Gerzon López Rodríguez (23), ambos detenidos en octubre del año pasado cuando viajaban a bordo de un colectivo procedente de Salta con más de cinco kilos de cocaína.
Los funcionarios judiciales consideraron que el procedimiento que llevó a la Gendarmería a secuestrar la cocaína fue nulo, ya que no siguió los lineamientos del artículo 134 del actual Código Procesal Penal Federal (que habla de la libertad probatoria) y además porque violó las garantías del artículo 18 de la Constitución Nacional que prohíbe la autoincriminación forzada.
De un colectivo a otro
La secuencia que derivó en el reciente juicio oral remonta al 27 de octubre del 2024, cuando personal de Gendarmería (Sección Seguridad Vial Ceres) detuvo en horas de la siesta un micro en el kilómetro 387, a la altura de Ceres. En aquel entonces, los gendarmes demoraron a una pareja que viajaba con su hijo de 4 años desde Salta hacia Lomas de Zamora con más de seis kilos de cocaína.
En medio del arresto, uno de los agentes entrevistó a uno de los detenidos (sin estar al tanto ninguna autoridad judicial) y este le informó que en otro colectivo procedente de Salta también viajaban otras personas con material estupefaciente pegado a su cuerpo. A partir de ese dato -que nunca fue plasmado en un acta ni tampoco reportado a la Fiscalía en turno- los gendarmes aguardaron el paso de un ómnibus por el puesto caminero.
Eran cerca de las 20.30, cuando los gendarmes vieron llegar al control caminero un colectivo procedente de Salta, por lo que subieron con un perro y fueron directamente hacia donde se encontraban dos mujeres con las fisonomías aportadas por la pareja detenida unas horas antes.
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El momento en que personal de Gendarmería pesaba la droga secuestrada del cuerpo de las mujeres bolivianas.
Ambos mujeres fueron identificadas como Rosa Julia Kau Choque y Thatiana Parada Vargas, las cuales llevaban paquetes de cocaína pegados a su cuerpo. Junto a ellas, también viajaba en el micro Gerzon López Rodríguez. Todos oriundos del departamento Cochabamba de Bolivia.
Los tres quedaron presos y fueron imputados por transporte de estupefacientes en el marco de una causa que se tramitó en la Unidad Fiscal Federal de Rafaela. El 10 de enero pasado, Parada Vargas decidió firmar un juicio abreviado ante el juez Carlos Vera Barros y fue condenada a cuatro años de prisión. Mientras que Kau Choque y López Rodríguez decidieron ir a juicio en el Tribunal Oral Federal de la ciudad de Santa Fe.
Nulidad y absolución
El debate se inició el martes de esta semana y tras el paso de algunos de los testigos, la Fiscalía solicitó la absolución de los detenidos luego de considerar que los gendarmes secuestraron la droga que trasladaban los ciudadanos bolivianos a partir de un dato obtenido de manera inválida. “Ocurrieron distintas circunstancias que nos impiden determinar que ese dato fue adquirido de manera lícita”, sostuvo al respecto el fiscal Onel en su alegato de clausura del juicio.
"Habiendo dudas de cómo se obtuvo el dato, si es una manifestación espontánea o producto de algún tipo de coerción o engaño o de un interrogatorio policial no autorizado legalmente esta prueba no puede ser validada en este juicio y en consecuencia eso lleva a la invalidez del procedimiento a los actos posteriores”, consideró.
"Entendemos que la incautación de la sustancia estupefaciente que había llevado la señora Kau Choque es inválida y también fueron inválidas las actuaciones vinculadas al coimputado López Rodríguez", agregó en otro tramo.
Por último, pidió la absolución de los detenidos y remarcó la importancia de ser capacitadas las fuerzas federales sobre el actual Código Procesal Penal de la Nación que se implementó en Santa Fe en 2024.