En su fallo, Netri avaló la intervención de la querella, que había sido cuestionada por los abogados defensores Sebastián Oroño e Ignacio Alfonso Garrone, y también rechazó la posibilidad de que declaren en el juicio las exparejas de Cobre.
La acusación contra Cobre es sostenida por la fiscal de la Unidad de Violencia de Género, Familiar y Sexual, Luciana Escobar Cello, y las abogadas querellantes que representan a la denunciante, Jaquelina Bussi y Paula Condrac, quienes anticiparon un pedido de pena de 10 y 15 años de prisión, respectivamente.
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Resolución confirmada
El camarista debió analizar los cuestionamientos de las partes a la resolución de la jueza Cecilia Labanca, quien había tenido a su cargo la audiencia preliminar del juicio, realizada en agosto de 2024.
En la audiencia preliminar, la parte acusadora formalizó la acusación a Cobre: la acusación Fiscal sostiene que el 17 de diciembre de 2022, Iglesias abusó sexualmente de su pareja en la vivienda que compartían en Villa California, San José del Rincón. La joven se encontraba cuando Iglesias intentó bajarle el short del pijama, forcejearon, ella le dijo que no quería y comenzó a llorar. Sin embargo, el agresor logró concretar el abuso sexual. La acusación presentada por la Fiscalía y la querella destaca que la noche anterior habían discutido y se habían ido a dormir enojados el uno con el otro.
En la acusación se detallaron también cuestiones vinculadas a los encuentros íntimos de la pareja, con la decisión plena del acusado, incluso cuando ella no quería mantener relaciones sexuales.
En tanto, las querellantes Bussi y Condrac realizaron la misma descripción del hecho ocurrido en diciembre de 2022 y de cómo fue la relación de pareja durante nueve meses. Sin embargo, la acusación de las querellantes agregó que el acusado le contagió a la víctima una enfermedad de transmisión sexual por negarse a usar preservativos, y que muchas veces planteaba escenas de contenido sexual delante del hijo menor de edad del imputado o de la empleada doméstica. Esta diferencia en la acusación con la Fiscalía había sido cuestionada por el defensor Alfonso Garrone.
En la resolución de Labanca, la jueza entendió que esa diferencia en las acusaciones vulneraba el ejercicio de defensa y le dio a la querella tres días para ajustar su acusación a la de la Fiscalía. Sin embargo, para los defensores, las querellantes debían ser excluidas del proceso, y así lo sostuvieron en la audiencia de Cámara.
A este planteo, Bruno Netri avaló lo resuelto por Labanca y confirmó la intervención de las querellantes que ya habían presentado la nueva acusación ajustada a los extremos de la Fiscalía.
Otro punto de controversia en la audiencia preliminar había sido la posibilidad de que declaren en el juicio exparejas de Cobre y su psicólogo, como testigos de la acusación. Los defensores habían sostenido en la audiencia preliminar que no consta que el imputado hubiera relevado del secreto profesional al psicólogo: "Debe ser rechazado como testigo; el artículo 178 es muy claro al respecto y establece la imposibilidad de prestar declaración en caso de que el imputado (titular del secreto) no lo autorice expresamente".
Sobre la convocatoria como testigo de las exparejas de Iglesias, la defensa había pedido su exclusión por considerar que no eran pertinentes y podían causar perjuicio indebido o contaminación al tribunal de juicio: no tienen que ver con la imputación del caso de diciembre de 2022, y además "se intenta generar un perfil de abusador sexual", habían manifestado.
Al momento de resolver estos planteos en la audiencia preliminar, Labanca rechazó la declaración del psicólogo personal del acusado por considerar que era violatorio del secreto profesional, y en cuanto a las declaraciones de las exparejas, también fueron rechazadas por ser impertinentes en esta causa.
La Fiscalía insistió ante la Cámara de Apelaciones con las declaraciones de estos testigos; sin embargo, Netri coincidió con la jueza Labanca y confirmó las exclusiones de estas declaraciones. Ahora resta que la Oficina de Gestión Judicial establezca el tribunal y el cronograma para el desarrollo del juicio oral.