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Policiales docente | Juan Trigatti | jardín Ceferino Namuncurá

Caso del docente Juan Trigatti: califican como "preocupante" el rol de la Fiscalía en uno de los hechos imputados

La mirada es de los jueces que absolvieron al profesor de educación física que fue juzgado por supuestos abusos sexuales de cinco alumnas. Una de ellas, según se probó en el juicio, ni siquiera fue a una clase del maestro.

Los fundamentos de la absolución al docente Juan Trigatti, que fue juzgado por cinco supuestos abusos sexuales a alumnas del jardín Ceferino Namuncurá de Santa Fe, dejaron al descubierto una serie de falencias que tuvo la investigación encabezada por el fiscal Matías Broggi y de la que también participó la fiscal Alejandra Del Río Ayala.

Entre esas falencias, el tribunal conformado por los jueces Pablo Busaniche, Cecilia Labanca y Martín Torres, advirtió un hecho al cual calificó como “cuanto menos preocupante” por la falta de objetividad con la que se manejó la Fiscalía en uno de los abusos que le fueran endilgados al docente.

Es que una de las nenas que fue presentada durante el juicio como alumna y víctima, jamás coincidió de manera temporal, espacial e institucionalmente con el docente de educación física. Sin embargo, pese a tal revelación, que surgió durante el juicio, a partir de testimonios y el cotejo de informes oficiales, la Fiscalía siguió adelante con la acusación.

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Según indican los fundamentos del fallo, una de las cinco víctimas ni siquiera llegó a tener clases con el docente, ya que dejó el establecimiento educativo del barrio Yapeyú previo al receso invernal del 2021, cuando todavía no habían sido habilitadas las clases de educación física por la pandemia del covid.

De hecho, el Ministerio de Educación habilitó las clases especiales el 16 de agosto de ese año después de las vacaciones -y bajo estrictos protocolos de no acercamiento- por lo que la menor involucrada no formaba parte del alumnado.

Así fue la reacción de Juan Trigatti, el docente acusado de presunto abuso sexual en el jardín Ceferino Namuncurá
Trigatti el día de la sentencia en la que fue absuelto.

Trigatti el día de la sentencia en la que fue absuelto.

Pese a ello, el fiscal Broggi en su alegato de clausura solicitó pena por el caso de la menor, como por el resto de las nenas involucradas, y requirió una condena de 25 años de prisión para Trigatti y que se lo declare autor abuso sexual gravemente ultrajante agravado por ser encargado de la educación y guarda.

Al respecto, los jueces consideraron que ante la revelación de que la nena no asistió a las clases de Trigatti, el fiscal podría haber desestimado, pero ello no ocurrió. “El silencio del acusador público ante la comprobación sin controversia de que una de las niñas ni siquiera coincidió temporal, espacial e institucionalmente con el profesor acusado, resulta, cuando menos, preocupante”, destacaron los jueces en su resolución.

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Incluso, hicieron hincapié en el deber de objetividad del fiscal. “Una lectura que admita tal autocontradicción, trasluce una conducta que puede poner -al menos- en duda la objetividad que debe regir la actividad fiscal”, remarcaron los magistrados.

Por tal razón, el tribunal ordenó que las actuaciones del juicio sean remitidas al Ministerio Público de la Acusación para evaluar “cuestiones relativas al desempeño funcional de sus órganos" en torno a la causa que terminó con el docente absuelto.

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El tribunal que absolvió al docente Trigatti estuvo presidido por el juez Pablo Busaniche.

El tribunal que absolvió al docente Trigatti estuvo presidido por el juez Pablo Busaniche.

Tal veredicto se dio a conocer el pasado 3 de octubre y dispuso además que se verifique si hubo responsabilidad de parte del personal policial que participó del procedimiento que se dio en la sede del Jardín "Ceferino Namuncurá", el 7 de octubre del 2021, cuando salieron a la luz las denuncias contra Trigatti.

Aquel día, familiares y allegados de las nenas involucradas irrumpieron en el establecimiento educativo y provocaron actos vandálicos. “Todo ello, en presencia de personal integrante de las fuerzas de seguridad, que según lo probado, no hacía más que indicar al personal escolar que se retirara del establecimiento, sin prestar ningún tipo de asistencia y -se reitera-, habiendo permitido deliberadamente el ingreso de personas que no habrían tenido motivos para ingresar ni permanecer en el jardín de infantes”, resaltó el fallo.

En la misma sintonía, los jueces calificaron como “dilación inexplicable” el rol que tuvo la policía al permitir que un grupo de personas ingresaran a la casa de Trigatti, se la destruyeran y mataran a sus mascotas, el mismo día que se conocieron las acusaciones contra el docente.

Por último, apuntaron al desempeño de los policías de la entonces Agencia de Investigación Criminal (AIC) que no buscaron a tiempo las cámaras de seguridad del jardín, las cuales podrían haber sido claves, en ese mismo momento, para la investigación.