Si sos monotributista y querés gestionar el reintegro de estos montos, te contamos qué requisitos debés cumplir y cómo completar el trámite.
¿Qué es el formulario F.744 y cómo utilizarlo?
Para acceder a la devolución de los importes retenidos por el Impuesto PAIS, los contribuyentes deberán presentar el formulario F.744 ante ARCA.
Este documento abarca los períodos de diciembre de 2024 a marzo de 2025 y se encuentra disponible en el Sistema de Control de Retenciones (SICORE), lo que simplifica su carga y presentación.
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¿Cómo gestionar la devolución del Impuesto PAIS?
El reintegro está dirigido a quienes hayan acumulado créditos fiscales generados por el Impuesto PAIS y que no hayan podido aplicarlos en futuras declaraciones impositivas.
Para compensar estos saldos, ARCA permite utilizar los montos a favor en el pago del Impuesto sobre los Créditos y Débitos en cuentas bancarias y otras operaciones financieras.
Se estableció un sistema de devolución progresiva, con los siguientes plazos:
- Hasta el 31 de enero de 2025: Se podrá utilizar hasta el 33,33% del saldo a favor declarado.
- Hasta el 28 de febrero de 2025: Se podrá aplicar el 66,66%, descontando lo ya utilizado en enero.
- Desde el 1 de marzo hasta el 30 de mayo de 2025: Se podrá hacer uso del 100% del saldo restante.
Además, los montos no utilizados de inmediato generarán intereses, siempre que sean destinados a cubrir obligaciones fiscales relacionadas, como el impuesto sobre créditos y débitos.
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Podés pedir la devolución ante el organismo estatal en el caso de pagar el mencionado impuesto.
¿Cuáles son los plazos para solicitar la devolución?
Es importante tener en cuenta que el saldo a favor correspondiente a diciembre de 2024 debe declararse antes del 1 de marzo de 2025. De lo contrario, no se generará derecho a intereses ni compensaciones futuras.